Cómo preparar un plan de gestión de resultados

Sesión de formación a cargo del Dr. Ignasi Labastida.

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Preguntas frecuentes

  • Para cumplir con esta política, los investigadores deberán publicar en cualquiera de las siguientes opciones:

    • Revistas de acceso abierto completo.

    • Revistas de acceso restringido que permitan la divulgación de la versión publicada o la versión revisada en un repositorio de acceso público.

    • Plataformas de publicación en acceso abierto que tengan un procedimiento de revisión abierta.

    • Revistas que permitan un acceso abierto individualizado por artículo.


    La publicación en una revista o plataforma que, por cuestiones de embargos, no permita cumplir totalmente con el compromiso de acceso abierto, deberá ser aprobada previamente por la Fundación ”la Caixa”. Solo se aprobará de forma excepcional cuando no existan alternativas razonables para cumplir plenamente con esta política.

  • Cualquier repositorio institucional o temático que siga las directrices de OpenAIRE es aceptable.

  • Se aconseja que el depósito se realice inmediatamente después de la publicación, aunque el acceso al texto completo deba estar restringido durante un periodo de tiempo (embargo), excepto que la revista o plataforma correspondiente lo regule más restrictivamente. No obstante, cabe recordar que deberá depositarse como máximo seis meses después de la fecha de publicación.

  • Siguiendo las directrices de OpenAIRE, deberá utilizarse el metadato «dc.relation.projectID» con los siguientes valores:

    info:eu-repo/grantAgreement/LCF/FundingProgram/ProjectID/

    El project ID se genera al introducir el proyecto en la aplicación de la Fundación ”la Caixa”, de modo que será necesario contactar con el gestor/a correspondiente de cada beneficiario/a para obtenerlo.

  • En el repositorio debe poderse acceder a la última versión revisada, ya sea la versión final tal y como aparece en la publicación, o bien la versión revisada sin la maquetación final (también denominada postprint o versión del autor/a), pero con los mismos contenidos que la publicada.

  • Cualquier conjunto de datos que sustente los resultados difundidos en una publicación científica deberá hacerse público al mismo tiempo que la publicación. Además, si los beneficiarios desean hacer públicos otros datos obtenidos a lo largo de la actividad financiada, pueden hacerlo de acuerdo con el plan de gestión de datos entregado. En el caso de datos de resultados negativos, se recomienda también su publicación en repositorios de acceso público o en revistas especializadas1 para evitar reproducirlos.
     

    1. BMC Research Notes (https://bmcresnotes.biomedcentral.com), Journal of Unsolved Questions (http://junq.info), Research Ideas and Outcomes (http://riojournal.com).
  • Los datos pueden publicarse en cualquier repositorio preparado para preservar y difundir este tipo de objetos. El repositorio puede ser de una institución o de una comunidad científica, priorizando que se le otorgue un identificador persistente (doi, handle o similar) y que se facilite su localización. Para encontrar el repositorio más adecuado, puede consultarse el directorio re3data (www.re3data.org).

  • Los datos que sustenten los resultados obtenidos a lo largo de la investigación financiada por la Fundación y que hayan sido difundidos en publicaciones científicas deberán hacerse públicos al mismo tiempo en un repositorio de datos que permita su acceso público, y que otorgue un identificador permanente para cada conjunto de datos.

  • Los datos deberán seguir los principios FAIR, es decir, deberán ser localizables, accesibles, interoperables y reutilizables, lo más abiertos posible. Se priorizarán los formatos estándares y abiertos, teniendo en cuenta las distintas características de cada disciplina científica.

  • Se presupone que los beneficiarios habrán protegido los resultados de la investigación previamente a la solicitud de publicación.

    En cuanto a los datos de investigación que sustenten los resultados publicados, la política contempla la posibilidad de solicitar una excepción de la aplicación de la política en casos suficientemente justificados.

    En todo caso, los beneficiarios serán responsables de asegurarse de tomar medidas para poder cumplir esta política sin incidir negativamente en la protección y/o explotación de los resultados, y, si fuese necesario, deberán plantear ante la Fundación ”la Caixa” las excepciones que puedan ser necesarias, con la correspondiente justificación.

  • La política será efectiva a partir de 2019 para todos los beneficiarios. Conviene recordar que desde el 1 de enero de 2018 la Fundación ”la Caixa” ya cuenta con una política de acceso abierto que, a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior, se amplía a todos los resultados de la investigación.