
Preguntas frecuentes
Esta lista se actualiza con regularidad y contiene información útil para completar la solicitud.
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El beneficiario debe ser una entidad jurídica del sector público o sin ánimo de lucro propietaria o copropietaria de uno o varios activos fruto de la investigación científica, y que estará localizada y registrada en España o Portugal.
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No, las empresas consolidadas quedan explícitamente excluidas de las instituciones beneficiarias y no pueden formar parte de un consorcio. Tampoco podrán presentar solicitudes las instituciones beneficiarias del sector público o sin ánimo de lucro cuando su activo ya se ha transferido a una institución con ánimo de lucro.
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Sí, un proyecto participante puede constituir una spin-off (vinculada a terceras partes), aunque la ayuda del programa seguirá siendo solo para apoyar las actividades aprobadas de la entidad beneficiaria. Si algún activo fuera transferido a una tercera parte que sea una entidad con ánimo de lucro (a saber, una entidad diferente de la spin-off), la Fundación ”la Caixa” podría suspender la financiación de las actividades del proyecto cubiertas por la subvención.
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Ofrece una ayuda económica de hasta 700.000 € si el proyecto pasa por todas las etapas (50.000 € como máximo en la etapa 1; 150.000 € como máximo en la etapa 2; 500.000 € como máximo en la etapa 3). También ofrece ayuda no económica que incluye el apoyo de mentores, consultores, formación especializada en diferentes áreas, y actividades para establecer contactos.
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El sistema de solicitud en línea proporcionará al candidato unas directrices específicas para evaluar el nivel de madurez del proyecto. Con esta información se podrá elegir la etapa más idónea, y se generará un formulario diferente en la plataforma en función de lo seleccionado.
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Sí, una misma entidad puede presentar diferentes proyectos. Cada solicitud tiene que estar relacionada con diferentes activos y la liderará un director de proyecto diferente.
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No, un director de proyecto no puede solicitar más de una propuesta, pero puede dirigir un proyecto y formar parte de un consorcio en un proyecto diferente al mismo tiempo.
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Sí. En el caso de los activos en copropiedad o los proyectos en consorcio, todos los participantes deben firmar la solicitud a través del sistema de solicitudes en línea. En el caso de los consorcios, además de la institución solicitante, se permite un máximo de 4 miembros. Estos miembros deben ser instituciones del sector público o sin ánimo de lucro de la UE o de estados que, sin ser miembros de la UE, sean idóneos según las leyes comunitarias.
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En este caso, la institución beneficiaria recibirá y distribuirá la financiación del proyecto entre los otros miembros del consorcio como se detalle en el acuerdo de proyecto. El beneficiario será responsable de justificar los gastos en que hayan incurrido todos los miembros del consorcio y del reembolso de la ayuda económica. Los copropietarios de activos no recibirán ninguna financiación a menos que estén incluidos entre componentes de un consorcio.
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Sí, aunque la institución solicitante, bien por sí sola o junto a otras instituciones sin ánimo de lucro, debe ser propietaria de más del 50 % del activo.
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Sí, se puede. En este caso, debe solicitarse la etapa que mejor se adapte al estado del proyecto.
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Los proyectos subvencionados anteriormente en las ediciones de CaixaResearch Validate solo podrán solicitar la etapa 3 de esta convocatoria con los mismos activos. Pero no se admitirán los que ya hayan sido subvencionados en convocatorias de CaixaResearch/CaixaResearch Consolidate.
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Cada institución beneficiaria y cada socio del consorcio tiene derecho a dedicar un 10 % como máximo a los costes indirectos exclusivamente en las etapas 2 y 3 del programa.
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Un máximo de 24 meses en cada una de las etapas.
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Sí, los participantes tendrán dietas de viaje a su disposición para cubrir los gastos de desplazamiento cuando acudan a las actividades organizadas dentro del marco de trabajo del programa (1.000 € como máximo en las etapas 1 y 3; 4.000 € como máximo en la etapa 2).
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Inmediatamente después de firmar el acuerdo de proyecto se recibirá un pago inicial que variará en función de la etapa. Los pagos posteriores se distribuirán de acuerdo con las entregas, los informes de progreso y el cumplimiento de los indicadores clave de funcionamiento.
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Todos los proyectos seleccionados en las etapas 1 y 2 podrán solicitar su paso a la siguiente etapa del programa antes de que deje de tener vigencia el acuerdo de proyecto y al menos después de una reunión de seguimiento a mediados del proyecto. El director de proyecto enviará una solicitud desde el sistema de solicitudes en línea y se le invitará a presentar la nueva propuesta al comité de evaluación, junto con otros candidatos externos e internos.
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El programa de formación es obligatorio para los directores de proyecto que participan en la etapa 2 y se abrirá a otros miembros del equipo, si fuera necesario. La asistencia es optativa para los proyectos en las etapas 1 y 3.
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Esta debe ser su principal ocupación para que puedan dirigir las actividades aprobadas en el plan de valorización/desarrollo del proyecto y asegurar la participación obligatoria en las actividades del programa, que incluyen las sesiones de formación para los proyectos de la etapa 2, reuniones con los mentores y consultores, actividades de networking, reuniones de seguimiento y preparación de informes de progreso, y las entregas necesarias.
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Para los proyectos seleccionados en las etapas 2 y 3, la Fundación ”la Caixa” está legitimada para reembolsar la ayuda económica cuando se alcancen los indicadores establecidos en las bases del programa de la convocatoria. Además, si los activos van a ser explotados a través de una spin-off, la Fundación ”la Caixa” o cualquier entidad dentro del Grupo Criteria tendrá derecho, sin costes, a suscribir el 1 % de las acciones de la spin-off.