A continuación figura una lista con las preguntas más frecuentes.
Esta lista se actualiza periódicamente y contiene información útil para cumplimentar la solicitud.
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Preguntas frecuentes
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Entendemos por beneficiario de la convocatoria la entidad jurídica sin ánimo de lucro que sea propietaria de los activos derivados de las actividades de investigación científica y/o innovación. En concreto, universidades y fundaciones universitarias, centros de investigación y transferencia, centros tecnológicos, hospitales y fundaciones hospitalarias e instituciones sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la investigación y estén situados y registrados en España o Portugal. El beneficiario recibirá una ayuda económica para el proyecto, que será gestionada de acuerdo con las condiciones establecidas en estas bases de participación.
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Ofrecemos asesoramiento experto y ayudas económicas para la preparación e implementación de un plan de valorización de activos patentados o susceptibles de ser patentados derivados de la investigación y para la elaboración de un plan de comercialización. El apoyo económico incluye una ayuda de hasta 100.000 € para la implementación de los planes de valorización aprobados. Además, el programa incluye el apoyo de mentores, el contacto con empresas, emprendedores e inversores, y la evaluación y formación a cargo de especialistas en diferentes áreas.
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Los beneficiarios de la convocatoria podrán recibir una ayuda económica de valorización para la implementación del plan de valorización aprobado.
La ayuda económica de valorización consistirá en lo siguiente:
» Una aportación de 50.000 € como máximo, para la implementación del plan de valorización aprobado.
» Una aportación adicional de 20.000 € a 50.000 € como máximo, que podrá solicitarse y aprobarse una vez revisado el plan de valorización. Este importe adicional estará sujeto a la aprobación por la Fundación ”la Caixa” y Caixa Capital Risc, que requerirá una clara justificación de la necesidad de ampliación de la ayuda y contará con el feedback del mentor.
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Sí, un centro puede desarrollar diferentes proyectos. Cada solicitud debe estar vinculada a un activo protegido o susceptible de protección derivado de la investigación y sujeto al plan de valorización.
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No, las empresas ya establecidas están explícitamente excluidas de este programa.
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No, porque se requiere una dedicación exclusiva o casi exclusiva al proyecto.
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El participante del proyecto debe ser quien asista a las actividades de formación especializada. Sin embargo, muchas actividades, eventos y sesiones estarán también abiertos a miembros del equipo o del receptor (centros de investigación y transferencia, centros tecnológicos, universidades y fundaciones universitarias, hospitales y fundaciones hospitalarias, etc.).
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Una dedicación exclusiva o casi exclusiva a los planes de valorización y comercialización, así como una asistencia mínima del 80 % a las actividades de formación especializada y mentoría. Los participantes solo pueden figurar en una solicitud.
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Sí, el proyecto puede ser seleccionado, aunque no disponga de una solicitud de patente o modelo de utilidad.
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Sí. En el caso de activos en copropiedad o proyectos de consorcios, todas las partes interesadas deberán aceptar la presentación de la solicitud a través de la plataforma on-line. Las entidades jurídicas de todos los estados miembros de la UE pueden formar parte de consorcios siempre y cuando estos estén liderados por una entidad jurídica española o portuguesa (el beneficiario del programa) que sea propietaria o copropietaria del activo.
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En el caso de proyectos de consorcios, el beneficiario recibirá y distribuirá la ayuda económica para el proyecto entre los demás miembros del consorcio, tal como se indica en el contrato de valorización. El beneficiario será responsable de justificar los gastos generados por todos los miembros del consorcio que ejecuten el plan de valorización.
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Los derechos de propiedad industrial o intelectual pertenecen a los beneficiarios. Sin embargo, la recepción de una ayuda económica de valorización implica derechos económicos sobre la futura creación de una empresa o sobre contratos o futuras licencias que se reinviertan en futuras ediciones y beneficiarios del programa, y tales derechos se incluirán en el contrato de valorización, que establece un procedimiento de reembolso según tres maneras diferentes de explotar el activo. Consulte los apartados 10 (Explotación), 11 (Reembolso) y 12 (Derechos de suscripción) de las bases de participación para obtener más información.